Reflexiones sobre la constitución de 2010 y el sistema político dominicano
Por el Dr. Julio César Terrero
SANTO DOMINGO.-
No sé cuántas veces, de manera pública, he dicho que la República Dominicana es otro país desde la promulgación de la Constitución del 26 de enero de 2010. Aunque muchos, incluso abogados, erróneamente la llaman Constitución del 2015, lo cierto es que la del 2010 es una nueva Ley Sustantiva.
En 2015, solo se reformó el artículo sobre la reelección presidencial. Falta que, en lo sucesivo, también se le llame la Constitución del 2024 si se reforman algunos de sus artículos, como está previsto. Sin embargo, estas reformas no han creado nuevas instituciones ni órganos extrapoder como lo hizo la Constitución de 2010, que introdujo importantes cambios estructurales.
A pesar de estos avances, la Constitución de 2010 no está plenamente implementada. Aún faltan leyes orgánicas esenciales para poner en funcionamiento algunas disposiciones, lo que significa que su aplicación no llega al 100%.
Con esta Constitución, se le arrebató a la Suprema Corte de Justicia el control total de la constitucionalidad de las leyes, quedando esta última con el control difuso. Ahora, el Tribunal Constitucional (TC) tiene el control concentrado y es el garante de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Durante el debate de la reforma, hubo sectores que abogaron por crear una Sala Constitucional dentro de la Suprema Corte de Justicia. Sin embargo, otros sectores políticos, empresariales y profesionales, incluidos el Colegio de Abogados de la República Dominicana, promovieron la creación del Tribunal Constitucional como órgano independiente.
En un Estado Social y Democrático de Derecho, como lo proclama nuestra Ley Sustantiva, no debería sorprender a nadie la sentencia emitida por el TC que permite a personas no afiliadas a partidos políticos aspirar a cargos electivos.
Esta decisión ha generado debates, con los partidos políticos argumentando que debilita el sistema partidario y pone en riesgo la democracia. Aunque tienen algo de razón, también es necesario que las dirigencias políticas hagan una profunda reflexión sobre sus propias prácticas.
Es un secreto a voces que, en todos los partidos del sistema, particularmente en los de vocación de poder, hasta las pasadas elecciones, la selección de candidatos dependía más de su capacidad económica que de su idoneidad. Para postularse desde regidor hasta senador, era necesario contar con millonadas.
Los partidos no aplicaban filtros efectivos para evaluar la aptitud de sus candidatos, lo que ha llevado a la imposición de candidatos “importados”, desconocidos en sus demarcaciones, dejando a los dirigentes locales sin opción más que aceptar la situación por disciplina.
Estas prácticas han fomentado la compra de conciencias y han debilitado la voluntad libre de los ciudadanos al elegir. Como consecuencia, se ha agravado la deuda social de la mayoría de la población.
La reciente sentencia del TC debe servir como un llamado a la reflexión para las dirigencias políticas del país, quienes deben abandonar las zancadillas internas y valorar a los dirigentes con verdadera vocación política y arraigo en sus comunidades.
Es momento de dejar atrás las imposiciones que generan desconfianza en el sistema democrático y de construir un proceso electoral más transparente, inclusivo y representativo, donde prevalezcan los méritos y la voluntad popular sobre los intereses económicos y las ambiciones personales.

