Alcaldes se Aprovechan de Estado de Emergencia
Por Edwin Vásquez
Al consultar la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, solo en el articulo ordinal 27, le confiere a la alcaldía adoptar, en caso de catástrofes o de infortunios públicos o grave riesgo, las medidas necesarias, urgentes y adecuadas informando las mismas al Concejo Municipal en la primera sesión.
Tras asumir en las alcaldías ganadas en los comicios de marzo, varios alcaldes han pedido de manera alegre al Concejo de Regidores en su mayoría favorable al incumbente declararle un estado de emergencia Municipal.
Con la finalidad, de que los ediles le concedan 60 días, para que la administración municipal(alcaldía), maneje los fondos a su antojo sin tener que dar explicación en lo utilizado.
Y termino el artículo, con la siguiente frase “hay seres humanos que se aprovechan de la crisis para pescar en rio revuelto”

